Pregunta 6842 de 22303 · Examen de consejero de seguridad
En un transporte de mercancías peligrosas, ¿cuál es la velocidad necesaria para que un medio de transporte dotado de motor tenga la consideración de vehículo?
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Respuesta correcta a la pregunta 6842
- D: Superior a 45 km/h.
Fuente: Real Decreto 97/2014 Artículo 3 g)
Explicación
Según el artículo 3 g) del Real Decreto 97/2014, un medio de transporte dotado de motor se considera vehículo cuando su velocidad es superior a 45 km/h.
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