Pregunta 5787 de 22303 · Examen de consejero de seguridad
¿Qué dimensiones deberá tener la marca para cantidades limitadas, como norma general?
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Respuesta correcta a la pregunta 5787
- D: Al menos de 100 mm de lado y el ancho mínimo de la línea que delimite el rombo será de 2 mm.
Fuente: ADR 3.4.7.1
Explicación
Según el apartado 3.4.7.1 del ADR, la marca de cantidades limitadas debe tener al menos 100 mm de lado. Además, la línea que delimita el rombo ha de tener un ancho mínimo de 2 mm.
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