Pregunta 537 de 22303 · Examen de consejero de seguridad

Para un vehículo nuevo destinado al transporte de gases, ¿a partir de que MMA del vehículo es obligatorio el limitador de velocidad?

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Respuesta correcta a la pregunta 537

  • D: 3,5 t.

Fuente: ADR 9.2.1

Explicación

Según el apartado 9.2.1 del ADR, en un vehículo nuevo para el transporte de gases el limitador de velocidad es obligatorio a partir de 3,5 t de MMA.

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