Pregunta 3819 de 22303 · Examen de consejero de seguridad
Un vehículo que transporte mercancía peligrosa en cantidades limitadas, ¿cuándo debe llevar una marca conforme al apartado 3.4.15 en la parte delantera y trasera?
Solo una respuesta es correcta.
Has acertado de preguntas. Aquí, en las páginas de preguntas, nadie recuerda cuáles fallaste. El entrenador guarda tu progreso y vuelve a preguntarte los fallos hasta que los dominas.
O gratis: las 10 preguntas en las que más gente se equivoca
Mostrar solución
Respuesta correcta a la pregunta 3819
- C: Cuando la masa máxima autorizada del vehículo supere las 12 toneladas y la masa bruta total de los bultos supere las 8 toneladas.
Fuente: ADR 3.4.13 y 3.4.14
Explicación
Según el 3.4.13 y el 3.4.14 del ADR, la marca delante y detrás es obligatoria cuando la masa máxima autorizada supera las 12 toneladas y la masa bruta de los bultos supera las 8 toneladas.
Más preguntas: Clase 2: Gases
- 3820De las siguientes disposiciones, ¿cuál deberá cumplir un transporte acogido a cantidades limitadas?
- 3821¿Cuál de las siguientes medidas corresponde a la unidad en que se mide la cantidad neta máxima de gas por envase interior en cantidades exceptuadas?
- 3822¿Cuál de los siguientes requisitos deben cumplir las botellas que contengan UN 1045 FLUOR COMPRIMIDO (1TOC)?
- 3823¿Se deberán probar a presión cada 10 años los recipientes destinados al transporte de gases de código de clasificación 2O y 2A de la Clase 2?
- 3824¿Se deberá probar a presión cada 10 años los recipientes destinados al transporte de gases de código de clasificación 2O y 2F de la Clase 2?
- 3825¿Se deberá probar a presión cada 10 años los recipientes destinados al transporte de gases de código de clasificación 4A y 4F de la Clase 2?