Pregunta 3776 de 22303 · Examen de consejero de seguridad

¿Pueden las Partes contratantes, de común acuerdo, derogar temporalmente las disposiciones del ADR?

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Respuesta correcta a la pregunta 3776

  • C: Debiéndose comunicar la derogación correspondiente a Secretariado de la Comisión Económica de Naciones Unidas para Europa.

Fuente: ADR 1.5.1.1

Explicación

Según el 1.5.1.1 del ADR, las Partes contratantes pueden derogar temporalmente disposiciones de común acuerdo. La derogación debe comunicarse al Secretariado de la Comisión Económica de Naciones Unidas para Europa.

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