Pregunta 1725 de 22303 · Examen de consejero de seguridad

¿En qué caso es obligatorio que un depósito para el transporte de gasolina, gasóleo o queroseno esté calorifugado?

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Respuesta correcta a la pregunta 1725

  • A: Nunca.

Fuente: ADR 3.2.1 Tabla A Columna 12 y 13 y 4.3.4.1.1

Explicación

Nunca. Según la tabla A, columnas 12 y 13 y el apartado 4.3.4.1.1, no se exige calorifugado para estas materias.

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