Pregunta 150904 de 22303 · Examen de consejero de seguridad
Sachverhalt: Un vehículo cargado con 7500 KG de ETANO, con lugar de carga en ALMACENAMIENTO QUÍMICO INDUTRIAL, S.L. LEGANÉS y con destino de descarga AUTÓNOMOS DEL NORTE, S.A. en LA CORUÑA, Dejará en LA CORUÑA el 97% de la carga y retornará desde LA CORUÑA hasta su base en LÉRIDA
¿Cuándo no será obligatorio que el conductor de vehículos autorizados para esta materia posea el certificado de formación básico y la formación especializada para el transporte en cisternas?
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Respuesta propuesta a la pregunta 150904
Si se efectúa en vehículos que transporten mercancías peligrosas en cisternas fijas o desmontables de capacidad no superior a 1 m3 y los conductores de vehículos que transporten mercancías peligrosas en contenedores cisterna o en cisternas portátiles con una capacidad individual no superior a 3 m3. Además tampoco se necesitará cuando transporte 333 kg. o menos de masa neta en bultos, o cuando el transporte se acoja a las exenciones en cantidades exceptuadas.
Fuente: ADR 8.2.1, ADR 1.1.3.6, ADR 3.4 y ADR 3.5
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