Pregunta 131406 de 22303 · Examen de consejero de seguridad
Sachverhalt: AZUFRE
¿En qué condiciones esta materia se podrá transportar sin la obligación de cumplir las disposiciones del ADR?
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Respuesta propuesta a la pregunta 131406
En cantidades limitadas: En embalajes combinados con envases interiores de capacidad hasta 5 kg y 30 kg por bultos o envases interiores de capacidad hasta 5 kg en bandejas con funda retráctil o extensible hasta 20 kg. de masa bruta total del bulto. En cantidades exceptuadas: En embalajes combinados por envases interiores de capacidad neta máxima 30 mg colocados en embalajes exteriores de capacidad neta máxima de 1000 mg, siempre que el número máximo de bultos no supere los 1.000. Según disposición especial 242: El azufre no estará sometido a las disposiciones del ADR cuando se presente en una forma particular (por ejemplo, perlas, gránulos, pastillas o lentejuelas).
Fuente: ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 6" 242 "Columna 7 (a) y (b)", ADR 3.4 y ADR 3.5
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