Pregunta 111305 de 22303 · Examen de consejero de seguridad
Sachverhalt: MATERIAL A TRANSPORTAR: Un bulto conteniendo piezas contaminadas con Co-60 y Cs-137. Toda la contaminación de las piezas es contaminación transitoria, siendo la máxima detectada de 3 Bq/cm² en la superficie accesible y de 950 Bq/cm² en la superficie inaccesible. La máxima actividad contenida en el bulto es de 37 MBq, la máxima tasa de dosis en contacto con el bulto es de 0,3 mSv/h y la máxima tasa de dosis a un metro del mismo es de 0,02 mSv/h
¿Qué limita la cantidad/actividad de material radiactivo en un solo bulto?
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Respuesta propuesta a la pregunta 111305
La cantidad / actividad en un sólo bulto queda limitada por la tasa de dosis a 3 metros del material sin protección que debe ser inferior a 10 mSv/h, también deberá restringirse de modo que no se excedan los límites de actividad correspondientes a un medio de transporte (7.5.11 CV33 (2) del ADR).
Fuente: ADR 4.1.9.2, ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 18" y ADR 7.5.11 CV33 (2)
Más preguntas: Clase 7: Materias radiactivas
- 111306Tasa de dosis máximo permitido en la superficie exterior de este tipo de bultos, si el transporte se llevara a cabo en uso no exclusivo.
- 111307Índice de transporte máximo permitido en este tipo de bultos en las mismas condiciones de la pregunta anterior.
- 111308¿Se requiere la aprobación de la autoridad competente para el diseño del bulto? ¿Y para esta expedición?
- 111309¿Se requiere una notificación previa a la autoridad competente para esta expedición?
- 111310Documentos de transporte que según el ADR requiere esta expedición.
- 111401Denominación de la materia a efectos del transporte.