Pregunta 1090 de 22303 · Examen de consejero de seguridad
¿Qué límite no debe superarse en un vehículo, no en la modalidad de uso exclusivo?
Solo una respuesta es correcta.
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Respuesta correcta a la pregunta 1090
- B: 2 mSv/h en cualquier punto de la superficie exterior del vehículo.
Fuente: ADR 7.5.11 CV33 (3.3)
Explicación
Si el transporte no es en la modalidad de uso exclusivo, la disposición CV33 (3.3) del 7.5.11 fija el límite en la superficie exterior del vehículo. Ahí no se debe superar 2 mSv/h.
Más preguntas: Clase 7: Materias radiactivas
- 1091Un bulto con un índice de seguridad con respecto a la criticidad superior a 50:
- 1092Un sobreembalaje con un índice de transporte mayor de 10:
- 1093En un almacén en tránsito, los bultos con materias fisionables:
- 1094Un bulto con etiqueta 7B no podrá cargarse en un mismo contenedor:
- 1095En uso no exclusivo la suma total de los índices de transporte en el vehículo:
- 1096Antes de efectuar una carga de material radiactivo en un contenedor, éste deberá ser inspeccionado: