Pregunta 1075 de 22303 · Examen de consejero de seguridad
Los expedidores de materias radiactivas, ¿deben disponer de un programa de protección radiológica?
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Respuesta correcta a la pregunta 1075
- B: Sí.
Fuente: ADR 1.7.2.1
Explicación
Sí. El 1.7.2.1 del ADR exige este programa también a los expedidores de materias radiactivas.
Más preguntas: Clase 7: Materias radiactivas
- 1076El establecimiento de un Programa de protección radiológica es un requisito que se aplica:
- 1077¿Cuál de las siguientes disposiciones se deben verificar antes de la primera expedición de un bulto radiactivo?
- 1078¿Cuál de las siguientes disposiciones se deben verificar antes de la primera expedición de un bulto radiactivo que requiera de autorización de la autoridad competente?
- 1079Si un envío de materias radiactivas no cumple todas las disposiciones aplicables del ADR:
- 1080Una expedición de bultos del tipo B(M):
- 1081¿Cuáles de los siguientes bultos radiactivos no precisan certificado de aprobación de la autoridad competente?